El Derecho Humano a la Educación de las Mujeres a los ODS 2030

A partir de la Conferencia sobre el Desarrollo Sostenible de 2012 – Rio +20, el 01 de agosto de 2015 se inició el proceso de debate sobre el cumplimiento de las metas proyectadas en el marco de las Cumbre de Desarrollo 2015, debate que ha involucrado también el balance de los marcos de acción del conjunto de cumbres y conferencias mundiales de los 90 del siglo XX e inicios del XXI: Mujeres (Beijing 1994),  Población (Cairo 1994), Educación (Dakar 2000), Educación de Adultos (CONFÍNTEA Belém do Pará 2009) entre otras, en su relación con los Objetivos de Desarrollo del Milenio ODS; balance que ha servido de base para la elaboración de una nueva agenda para los próximos 15 años, con la pretensión de incluir en ella las metas priorizadas para cada uno de los campos de acción de las mencionadas conferencias temáticas.

Para la Red de Educación Popular entre Mujeres de América Latina y el Caribe –REPEM- que forma parte del conjunto de movimientos de mujeres, resulta preocupante que en un ambiente de debate internacional para construir la nueva agenda, elementos particulares de gran importancia para las mujeres como los establecidos en la Plataforma de Acción de Beijing, los acuerdos de Belem Do Pará 2009 y de Incheón 2015 en materia de educación para las mujeres, se vienen desdibujando frente a decisiones sobre la Financiación que determinan el alcance de las agendas políticas y sociales, tal como sucedió en la conferencia de financiamiento para el desarrollo FfD realizada recientemente en Adis Abeba.

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