La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha acordado suspender, de manera cautelar y mientras dura la tramitación del recurso interpuesto por el Ministerio de Educación, la ejecución de las dos Instrucciones de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura de Murcia por las que se dictan instrucciones para el curso 2019-2020 a los centros de Infantil y Primaria y Secundaria y Bachiller, respectivamente, en lo relativo a lo que se ha denominado como pin parental o ‘veto parental’. El auto no es firme y contra el mismo se puede interponer recursos de reposición (ante el mismo órgano).
En concreto, la suspensión se circunscribe a la previsión contenida en estas resoluciones de que los padres y las madres «puedan manifestar su conformidad o disconformidad» con la participación de sus hijos menores en actividades complementarias de las programaciones docentes, que formen parte de la propuesta curricular y que vayan a ser impartidas por personas ajenas al claustro del centro educativo.